
02 Feb Respeto y confianza en el profesorado
He escuchado decir a un político, en la promoción y defensa del veto parental a determinados contenidos escolares que «los padres saben mucho mejor que los profesores lo que es mejor para sus hijos». Esta frase dirigida a los docentes en el ejercicio de su profesión supone, en mi opinión, una falta de respeto y confianza hacia su labor en la escuela y, fuera del ámbito de la opinión, un desconocimiento del sistema educativo.
Legalmente, a la hora de hablar de horario escolar y desarrollo del currículo (incluidas las actividades complementarias), es el profesorado quien tiene la autoridad y responsabilidad en la toma decisiones, respecto al alumnado. Otra cosa son las actividades extraescolares, o también denominadas extracurriculares que, desde el origen de los tiempos, son voluntarias para el alumnado.
Voy a explicarme. La Constitución Española reconoce en el artículo 27 el derecho a la educación y una serie de libertades, pero no explica cómo se ejercen.
El legislador español podría haber optado por un sistema de educación de escolarización voluntaria, donde las familias habrían de elegir entre educar en casa “homeschooling” o matricular a sus hijos en un centro educativo. Pero en España, como en la mayoría de los países de nuestro entorno, el derecho a la educación se presta de manera obligatoria para familias y Estado en los centros educativos desde los 6 a los 16 años.
Les corresponde a los padres y madres, en el ejercicio de la patria potestad educar a sus hijos, velar por ellos (cuidarles, vigilarles) y procurarles una formación integral. Cualquier decisión que adopten, independientemente del modelo familiar, siempre habrá de buscar el beneficio de sus hijos (lo que se llama el favor filii). Como contrapartida los hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre.
Si los padres y madres no cumplen con estas obligaciones, pueden tener consecuencias en el orden civil y penal. Responden penalmente del abandono de sus obligaciones (artículo 226 del Código Penal), civilmente de los daños causados por sus hijos, mientras que estén bajo su guarda y custodia, salvo que demuestren que han empleado “ toda la diligencia de un buen padre de familia” (artículo 1902 del Código Civil) y pueden, incluso, perder la patria potestad en situaciones de desamparo de sus hijos (artículo 18 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
La escolarización obligatoria de nuestros hijos e hijas en un centro educativo supone por parte de los padres y madres trasladar a los profesores, durante la jornada escolar, dos ámbitos del ejercicio de la patria potestad: el deber de velar por ellos (cuidarlos y vigilarlos) y el deber de educarlos, buscando el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la Ley de educación.
El Tribunal Supremo señala en reiterada jurisprudencia que la vigilancia y custodia de los alumnos desde la entrada al centro educativo hasta su salida ordenada, corresponde al centro de enseñanza. Esto supone que le corresponde al profesorado, dentro del proyecto educativo, programar, enseñar, evaluar, promocionar y participar en actividades complementarias, en definitiva, dirigir el proceso educativo del alumno en la Escuela. También le corresponde, durante el horario escolar la atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado, para lo cual siempre velara por el interés superior del menor, recogido en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Como contrapartida, en la Escuela se exige que el alumnado siga las directrices del profesorado y que los padres deben respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado (artículo 4º y 6º de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación).
En definitiva la autoridad en los centros escolares corresponde al profesorado en la toma decisiones educativas. Son ellos los que deciden.
El respeto social hacia el mismo es una de las claves para avanzar en una mejor calidad del sistema educativo. Aquellos sistemas de los que nos acordamos cuando tienen mejores resultados en pruebas internacionales, suelen coincidir en contar con un profesorado respetado y reconocido con un alto status social.
. Así lo señala y argumenta el estudio de la Varkey Foundation y la Universidad de Sussex: “Global Teacher Status Index 2018”. El índice concluye recalcando la importancia para los gobiernos del mundo el considerar el estatus de los docentes ya que puede contribuir directamente a mejorar el rendimiento de los alumnos. Si la carrera docente es respetada, habrá más personas interesadas en dedicarse a esta profesión, mejorando el rendimiento académico de los alumnos. Esto representa un reto muy grande para los diez países que calificaron con menor respeto a la profesión docente (entre los que incluye a España).Finalizo señalando que el sistema legal ofrece garantías a los padres y madres sobre la transferencia, durante el horario escolar del ejercicio correcto de esas funciones de educación y vigilancia del profesorado sobre sus hijos e hijas: la participación en el centro educativo y en el proceso educativo, el derecho a ser oídos, el derecho a ser informados. Además establece una severa responsabilidad, para el profesorado, en el ámbito disciplinario, patrimonial e incluso penal, si no cumple con la debida diligencia o de manera dolosa las tareas encomendadas. Diligencia, del profesor, que también viene a denominar para ser exonerado de responsabilidad como la “diligencia de un buen padre de familia”.
En definitiva el objetivo de las familias y del profesorado es el mismo, contribuir al desarrollo educativo, intelectual y social de sus hijos que son alumnado, al estar escolarizados. Para conseguirlo han de colaborar y ayudarse respetando los ámbitos de decisión que a cada uno le corresponde.
Respetar y confiar en el profesorado, es la mejor apuesta por una buena educación.
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